B.6. Infidelidad de empleados
Mediante esta garantía, queda cubierto hasta el límite de la suma asegurada en condiciones particulares, el fraude, robo, o apropiación indebida, realizada por personas al servicio de la comunidad, excluido el administrador de la finca, o por los componentes de la misma que previamente hayan sido designados y que tengan encargada la función de cobros y pagos, custodia o intervención de sus fondos.
Únicamente serán objeto de esta garantía, el dinero en metálico, billetes de banco, títulos, cupones, resguardos, cheques y valores en general propiedad de la comunidad asegurada.
Del importe de la indemnización se deducirá, en su caso:
- La fianza constituida por el autor del delito
- Las cantidades que la comunidad asegurada adeude al mismo y pudiera retener legalmente
- Cualquier otra cantidad que reduzca la cuantía del siniestro
Será de aplicación en cada siniestro una franquicia del 20% del importe total del mismo.