Mainly Health Plans since 02/2009

           www.e-CondicionesGeneral.es ( English )

  'sociedad de agencia de seguros vinculada' - seguros... Linked insurance agency - products offered...  war zone travel / dangerous sports and occupations / Schengen compliant travel insurance...

 

Are you planning to return to the UK from abroad?

 

Liberty: Seguro de Comunidades (English)

 

B. Garantías opcionales

 

B. 5. Accidentes individuales

 

2. Invalidez permanente por accidente

 

Se entiende por invalidez permanente a los efectos de este contrato, la pérdida, lesión, acortamiento o impotencia funcional de algún órgano o miembro, como consecuencia de un accidente cubierto por este seguro.

La invalidez permanente absoluta es aquella que inhabilita por completo al asegurado para toda profesión u oficio. Se considerará que existe una invalidez permanente absoluta cuando el asegurado como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza sufra lesiones residuales que, de acuerdo con el baremo contemplado en la póliza, resulten indemnizables con el 100% del capital asegurado para la cobertura de invalidez permanente por accidente, y se considerará parcial cuando no alcance dicho porcentaje.

 

En caso de invalidez permanente absoluta o parcial del asegurado como consecuencia directa de un accidente cubierto por la póliza, declarada dentro del plazo máximo de 2 años, a contar desde la fecha del accidente ocurrido durante la vigencia de este seguro, el asegurador abonará la indemnización que corresponde a su grado de invalidez de acuerdo con los porcentajes indicados en el baremo de la póliza, aplicados sobre el capital pactado en las condiciones particulares de la póliza para la invalidez permanente por accidente.

La calificación y grado de invalidez se fijará, en todo caso, de acuerdo con el baremo que más adelante se detalla y con independencia de la profesión del asegurado o de cualquier resolución médica o sentencia sobre el particular dictada por un tribunal laboral o penal.

 

lesiones permanentes...

 

 

cráneo / cara / tronco / abdomen y pelvis / columna cervical / columna dorso lumbar / extremidades superiores / extremidades inferiores / sistema nerviosa o central 

 

Para las lesiones no previstas en el baremo anterior, el grado de invalidez se determinará por analogía con los porcentajes señalados.

La impotencia funcional absoluta y permanente de un miembro, equivale a la pérdida total del mismo.

Las pérdidas anatómicas o funcionales de carácter parcial se fijarán proporcionalmente en relación con la pérdida absoluta del órgano o miembro afectado.

La suma de diversas pérdidas parciales, con referencia a un mismo miembro u órgano, no superará el porcentaje de indemnización establecido para la pérdida absoluta del mismo.

El grado de invalidez, cuando un mismo accidente cause diversas lesiones al asegurado, se calculará sumando los porcentajes correspondientes a cada una de ellas, sin que en ningún caso la indemnización pueda sobrepasar el 100% del capital asegurado para la garantía de invalidez permanente por accidente.

Si un miembro afectado por un accidente presentaba con anterioridad al mismo un defecto físico o funcional, el grado de invalidez vendrá determinado por la diferencia entre la invalidez preexistente y la que resulte del accidente.

Si con posterioridad a que el asegurador hubiera indemnizado al asegurado por una invalidez permanente parcial, se declarase la invalidez permanente absoluta a consecuencia del mismo accidente, el asegurador indemnizará la diferencia entre el importe indemnizado y el capital asegurado para esta cobertura.

 

3. Gastos de suplencia 

 

B. 6. Infidelidad de empleados