3. Regla proporcional
La determinación del valor del interés asegurado en el momento del siniestro se efectuará en la forma prevista en la Ley 50/1980 de contrato de seguro, siendo de aplicación, si procediese, la regla proporcional prevista en las condiciones generales de la póliza, salvo pacto en contrario reflejado en las condiciones particulares de la misma.