A. 3. Asistencia a la comunidad
A.3.2. Prestaciones adicionales
A los efectos de este apartado, se entiende por:
1. Envío de un médico en caso de accidente del empleado de la comunidad
2. Transporte sanitario en caso de accidente del empleado de la comunidad
A.3.3. Instrucciones en caso de siniestro