A. 1. Daños materiales al continente y / o mobiliario comunitario
6. Impactos
Se garantizan los daños materiales ocasionados por:
- El choque o impacto de vehículos terrestres y/o animales, así como de las mercancías por ellas transportadas, contra los bienes asegurados.
- La caída de aeronaves, astronaves, satélites o partes u objetos que de las mismas se desprendan, árboles, mástiles y antenas de radio y televisión.
El límite de indemnización para esta garantía será del 100% del capital asegurado.
Los daños producidos cuando los vehículos, naves, animales o aeronaves, sean propiedad de, o fuesen conducidos o pilotados por el tomador, asegurado, empleados o personas que convivan con ellos.
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