A. 1. Daños materiales al continente y / o mobiliario comunitario
3. Daños eléctricos
Se garantizan los daños materiales y directos que sufra la instalación eléctrica, así como los aparatos o equipos a ella conectados, cuando éstos sean propiedad de la comunidad de propietarios asegurada, a consecuencia de corrientes anormales o cortocircuitos en la red y de la caída del rayo.
Suma asegurada: A primer riesgo 6.000 euros por siniestro.
Los daños que puedan sufrir tales aparatos o equipos como consecuencia de defectos de funcionamiento de los mismos.
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